
La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires declaró inconstitucional la ordenanza municipal que prohibía de forma absoluta la comercialización y el uso de pirotecnia en Berazategui. El máximo tribunal consideró que una restricción total de este tipo vulnera derechos fundamentales, como la libertad de industria y comercio, invalidando así la normativa local vigente.
El fallo argumenta que, si bien el municipio tiene el poder de regular la actividad para proteger la salud y el medio ambiente, no puede aplicar una veda completa y desproporcionada. Esta decisión judicial sigue la línea de sentencias previas en otros distritos bonaerenses, donde se determinó que el Estado debe reglamentar el uso de estos elementos en lugar de prohibirlos por completo.
A partir de esta resolución, la comuna deberá adecuar su legislación para permitir la venta y el uso de pirotecnia de manera controlada y bajo las normas nacionales de seguridad. La noticia genera un fuerte impacto en la comunidad, especialmente entre los sectores que defienden el bienestar animal y las personas con sensibilidad auditiva, quienes impulsaban la medida ahora anulada.







